Meta tiene un plazo para abordar las preocupaciones de la UE sobre el modelo de ‘Pagar o Consentir’
Meta tiene un plazo para abordar las preocupaciones de la UE sobre el modelo...
Meta tiene hasta el 1 de septiembre de 2024 para responder a las preocupaciones planteadas por la Comisión Europea sobre su modelo publicitario de «pagar o consentir», o se arriesga a enfrentar medidas de ejecución, incluidas sanciones.
La Comisión Europea indicó que la Red de Cooperación para la Protección del Consumidor (CPC) ha notificado al gigante de las redes sociales que el modelo adoptado para Facebook e Instagram podría violar potencialmente las leyes de protección del consumidor.
Describieron la nueva práctica como engañosa y confusa, con las autoridades expresando preocupaciones de que los consumidores podrían haberse sentido presionados a elegir rápidamente entre pagar una suscripción mensual o consentir que sus datos personales sean utilizados para publicidad dirigida.
Según la agencia, esto podría haber sido motivado por el temor de que «perderían instantáneamente el acceso a sus cuentas y a su red de contactos».
Meta, que introdujo un plan de suscripción para los usuarios de la Unión Europea (UE) a finales de 2023, ha generado controversia por ofrecer lo que esencialmente no es una elección y por cobrar una «tarifa de privacidad» para ejercer sus derechos de protección de datos.
Según la Ley de Mercados Digitales (DMA) de la UE, las empresas en roles de guardianes están obligadas a buscar el consentimiento expreso de los usuarios antes de utilizar sus datos para ofrecer servicios que van más allá de su funcionalidad principal (por ejemplo, publicidad) o proporcionar acceso a una versión menos personalizada pero equivalente de las plataformas para aquellos que se niegan a participar.
«Los guardianes no pueden condicionar el uso del servicio o ciertas funcionalidades al consentimiento de los usuarios», señaló la Comisión a principios de este mes, afirmando que el modelo de Meta viola la DMA.
La Comisión también criticó a Meta por usar términos vagos y presentar el servicio como «gratuito» cuando, en realidad, obliga a los consumidores a aceptar que sus datos se utilicen para anuncios personalizados. Además, se hace que la experiencia sea confusa al hacer que los usuarios «naveguen por diferentes pantallas» para determinar cómo se usan y procesan sus datos para fines publicitarios.
Meta, sin embargo, considera que la versión paga es un modelo de negocio legítimo y ha señalado una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) del pasado julio, que establece que una empresa puede ofrecer una versión alternativa equivalente de su servicio «por una tarifa adecuada» que no dependa de la recopilación de datos para anuncios.
Dicho esto, cabe señalar que la sentencia se refiere al contexto de los usuarios que se registran en los servicios de Meta y no a los usuarios existentes (donde surgen los problemas mencionados con los cambios en el modelo de consentimiento). Queda por ver si puede interpretarse como un precedente legal.
«Los consumidores no deben ser inducidos a creer que pagarían y no verían más anuncios, o que recibirían un servicio gratuito, cuando, en cambio, aceptarían que la empresa usara sus datos personales para generar ingresos con anuncios», dijo Didier Reynders, comisario de Justicia de la UE.
«Los comerciantes deben informar a los consumidores de manera anticipada y totalmente transparente sobre cómo utilizan sus datos personales. Este es un derecho fundamental que protegeremos».
Este desarrollo se produce pocos días después de que la Comisión Federal de Competencia y Protección del Consumidor de Nigeria (FCCPC) multara a Meta con 220 millones de dólares después de que una investigación mostrara que el intercambio de datos de la empresa en Facebook y WhatsApp violaba las leyes locales de protección del consumidor, protección de datos y privacidad al recopilar información de los usuarios sin su consentimiento.
«Las partes de Meta deberán detener de inmediato el proceso de compartir la información de los usuarios de WhatsApp con otras empresas de Facebook y terceros, hasta que los usuarios hayan consentido activa y voluntariamente cada uno de los componentes de las libertades que las partes de Meta pretenden ejercer con respecto a la información de los sujetos de los datos», decía una orden final emitida la semana pasada.
A principios de mayo, la junta de competencia de Turquía impuso una multa de 37,20 millones de dólares contra el gigante tecnológico estadounidense por sus prácticas de intercambio de datos en Facebook, Instagram, Threads y WhatsApp.
Esto también sigue a un informe que señala que Oracle acordó pagar 115 millones de dólares para resolver una demanda colectiva en los EE. UU. que acusa a la empresa de software de bases de datos y computación en la nube de violar la privacidad de los usuarios al recopilar su información personal y venderla a terceros.
Mientras tanto, Google se ha convertido en el sujeto de una nueva investigación iniciada por la autoridad de protección de datos italiana sobre cómo obtiene el consentimiento de los usuarios antes de combinar datos personales de diferentes servicios y si proporciona información adecuada para influir en esa decisión.
«Google puede utilizar técnicas y métodos para solicitar el consentimiento, y también para configurar los mecanismos para obtener el propio consentimiento, que podrían condicionar la libertad de elección del consumidor medio», alegó el Garante.
«De hecho, se induciría al cliente a tomar una decisión comercial que no habría tomado de otra manera, consintiendo la combinación y el uso cruzado de sus datos personales entre la pluralidad de servicios ofrecidos».
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